Este seguro brinda una garantía al propietario ante las obligaciones contraídas por el inquilino en el alquiler de viviendas particulares, como asi también permite reemplazar o suplir la garantía de un título de propiedad inmueble, que se suele solicitar al momento de la firma del contrato. Es por esto que actúa favorablemente tanto para el inquilino como para el propietario. La póliza también le otorga al propietario cobertura ante el incumplimiento por parte del inquilino del pago del alquiler, expensas, servicios o impuestos, y también por ocupación indebida.
Plazo total del contrato de alquiler
Alquileres impagos
Por el período de vigencia establecido en el contrato de locación y las multas pactadas en el mismo, con las limitaciones especificadas.
Sustitución del depósito
En garantía exigida por el asegurado al tomador, según lo establecido en el contrato de locación.
Monto impago de expensas
Comunes ordinarias (siempre que estuvieran a cargo del tomador) por el período de vigencia establecido en el contrato de alquiler.
Monto impago de impuestos
Tasas y servicios de energía eléctrica, gas y agua corriente (siempre que estuvieran a cargo del tomador) por el período de vigencia establecido en el contrato de alquiler.
Monto por ocupación indebida
Pago que pudiera corresponder por la ocupación indebida del inmueble por parte del tomador con posterioridad al vencimiento del período de vigencia establecido en el contrato de alquiler y hasta la efectiva desocupación del mismo.
El inquilno debe tener un ingreso neto mensual mayor a 2 alquileres y contar con un avalista por la suma de un alquiler más.
Si los ingresos del inquilino triplican el valor del alquiler no se requiere incluir avalistas.
Trabajador en relación de dependencia, 6 meses comprobables de antigüedad laboral y 3 últimos recibos de sueldo.
Trabajador monotributista, 12 meses de antigüedad laboral y facturación de últimos 3 meses.
Trabajador autónomo, 12 meses de antigüedad laboral y facturación de últimos 3 meses.
Jubilado o pensionado, sin antigüedad requerida. Se solicita último recibo de jubilación.
La caución con seguro permite al inquilino obtener una garantía a través de una compañía de seguros, mientras que la garantía propietaria implica presentar un inmueble como garantía. La caución con seguro suele ser una opción más accesible para los inquilinos, ya que no requiere contar con un inmueble propio.
Este seguro se puede adquirir únicamente para viviendas particulares.
Puede ser cualquier persona, siempre y cuando cumpla con los requisitos solicitados.